| 1.- |
Decidir, oyendo previamente al Comité de Investigación, acerca de la asignación de recursos institucionales destinados al apoyo y fomento de la investigación. |
| 2.- |
Fomentar la participación de los académicos en fondos abiertos y competitivos a nivel nacional e internacional. |
| 3.- |
Proyectar y apoyar las actividades de investigación desarrolladas en la Universidad, relacionándolas con organismos y entidades públicas y privadas. |
| 4.- |
Propiciar mecanismos de vinculación de los resultados de la investigación con la docencia de pre y postgrado que imparta la Universidad. |
| 5.- |
Velar por el establecimiento de líneas de investigación en las unidades académicas, acordes con los lineamientos del plan de desarrollo de la Universidad. |
| 6.- |
Resolver la participación de académicos e investigadores en actividades científicas, conforme a las políticas institucionales. |
| 7.- |
Resolver, conforme a las proposiciones de las unidades académicas y recomendaciones que el Comité de Perfeccionamiento le formule, las solicitudes de académicos para realizar estudios de postgrado. |
| 8.- |
Desarrollar en coordinación con las unidades académicas, actividades de seguimiento y control de desempeño del personal que se encuentre cursando perfeccionamiento. |
| 9.- |
Mantener registro actualizado de las actividades de investigación, postgrado y perfeccionamiento realizadas en la Universidad. |